Artículo redactado por Experto Pyme
Usted tiene muchos contactos y un amigo le ha pedido que haga gestiones para la venta de un inmueble a cambio de una comisión sobre el precio. Vea qué contrato debe suscribir y qué implicaciones tiene.
Intermediación. Usted nunca se ha dedicado a la intermediación inmobiliaria ni tiene intención de hacerlo, pues trabaja por cuenta ajena y no piensa cambiar esta situación. Aun así, quiere aprovechar esta oportunidad para ayudar a su amigo y de paso obtener un ingreso. Para dejarlo todo bien atado, firme un contrato con esta compañía y declare sus ganancias ante la Administración. Vea cómo hacerlo.
Regular la relación por escrito
Contrato. Será suficiente con redactar un contrato sencillo, que puede denominarse de comisióno de mandato para dejar constancia de los términos del acuerdo.Lo importante es que queden claros los siguientes puntos:
- El plazo durante el cual se extenderá la relación (por ejemplo, un año). Pacten que si es usted quien proporciona el comprador, tendrá derecho a la comisión, aunque la compraventa se firme transcurrido el plazo de vigencia.
El importe de la comisión (por ejemplo, entre un 3 y un 5% sobre el precio de venta). Indique también si va a poder recobrar del vendedor los gastos en los que haya incurrido por razón de la intermediación (ya sea por desplazamientos, por atenciones al posible comprador, etc.).
Pacte también que usted no tendrá ninguna responsabilidad si el interesado resulta no ser una persona solvente.
Aspectos fiscales para cobrar una comisión
IVA. Dado que va a percibir un importe por las gestiones, aunque se trate una actuación puntual, deberá emitir un documento que lo refleje. En este sentido, según la Agencia Tributaria, cuando una persona física que no ejerce actividad económica o profesional alguna (usted es un trabajador por cuenta ajena) percibe una comisión esporádica, puntual y aislada por una actuación de intermediación comercial, la contraprestación no irá sujeta a IVA. Por tanto, el documento de cobro no será considerado como una factura.
IRPF. Recuerde que al importe de las facturas se suele aplicar una retención por IRPF. En este sentido, la Agencia Tributaria considera que el importe de esta comisión se equipara a los rendimientos de actividades profesionales. Así:
Declare estos ingresos como procedentes de una actividad económica.
Y si el vendedor desarrolla una actividad económica (por ejemplo, el inmueble es de la empresa de su amigo o éste lo tiene afecto a una actividad que desarrolla como persona física), deberá practicarle una retención del 15% sobre la comisión satisfecha.
Cobrar una comisión de cara a la Seguridad Social
Autónomos. La Tesorería puede considerar sancionable la falta de cotización como autónomo, aunque no se trate de una actuación habitual. No obstante, también es cierto que, en caso de ingresos inferiores al SMI, puede no exigirse la cotización. Por tanto, para asegurarse, actúe del siguiente modo:
Consulte por escrito a la oficina que le corresponda según su domicilio y pida que le respondan por escrito aclarándole cuál es el criterio que siguen en esta materia.
En caso de duda, dese de alta como trabajador autónomo, aunque únicamente sea durante unas semanas –aquellas en las que realice las gestiones necesarias para cerrar la operación–. Las nuevas altas en este régimen tienen una tarifa reducida bajo ciertas condiciones, por lo que ello no será muy costoso.
Las afirmaciones u opiniones que se reflejan en este artículo no forzosamente coinciden con las de este blog.
Artículo original: https://espaciopymes.com/noticias/pasos-para-cobrar-una-comision-de-manera-puntual/