Anticípese a la subida de impuestos: cobre un dividendo a cuenta

[:ca]La normativa fiscal s’ha caracteritzat tradicionalment per les seves constants modificacions, en part, pel seu ús com a arma electoral. Però en els darrers anys no ha estat així i el legislador ha conferit al sistema d’una inusual “seguretat jurídica”. No obstant això, amb l’imminent canvi de govern, es preveu un escenari de pujada d’impostos, probablement, amb efectes a partir del 2020.

Si ens centrem, per exemple, a la tributació dels dividends, els dos partits que previsiblement formaran govern ja van acordar a principis d’any limitar al 95% l’exempció de dividends a l’Impost de Societats (actualment estan totalment exempts per a participacions superiors al 5%) i es pujaria del 23% al 27% el tipus màxim a l’IRPF.

Per aquesta raó, una bona planificació fiscal passaria per repartir dividends que siguin exigibles abans que acabi l’any, ja sigui a càrrec de reserves disponibles o a compte dels beneficis del mateix exercici. Això permetria tributar segons la norma vigent al 2019 i evitar la possible pujada d’impostos que es preveu per al 2020.

 [:en]La normativa fiscal se ha caracterizado tradicionalmente por sus incesantes modificaciones, en parte, debido a su uso como arma electoral. Lo cierto es que en los últimos años no ha sido así y el legislador ha dotado al sistema de una inusual “seguridad jurídica”. Sin embargo, con el inminente cambio de gobierno, se augura un escenario de subida de impuestos, probablemente, con efectos a partir de 2020.

Si nos centramos, por ejemplo, en la tributación de los dividendos, los dos partidos que previsiblemente conformarán el gobierno ya alcanzaron un acuerdo a principios de año según el cual se limitaría al 95% la exención de dividendos en el Impuesto sobre Sociedades (actualmente totalmente exentos para participaciones superiores al 5%) y se aumentaría del 23% al 27% el tipo máximo en IRPF.

Por ello, una buena planificación fiscal pasaría por repartir dividendos que sean exigibles antes de final de año, bien a cargo de reservas disponibles o bien a cuenta de los beneficios del propio ejercicio. Esto permitiría tributar según la normativa vigente en 2019 y esquivar la eventual subida de impuestos que se prevé para 2020.[:es]La normativa fiscal se ha caracterizado tradicionalmente por sus incesantes modificaciones, en parte, debido a su uso como arma electoral. Lo cierto es que en los últimos años no ha sido así y el legislador ha dotado al sistema de una inusual “seguridad jurídica”. Sin embargo, con el inminente cambio de gobierno, se augura un escenario de subida de impuestos, probablemente, con efectos a partir de 2020.

Si nos centramos, por ejemplo, en la tributación de los dividendos, los dos partidos que previsiblemente conformarán el gobierno ya alcanzaron un acuerdo a principios de año según el cual se limitaría al 95% la exención de dividendos en el Impuesto sobre Sociedades (actualmente totalmente exentos para participaciones superiores al 5%) y se aumentaría del 23% al 27% el tipo máximo en IRPF.

Por ello, una buena planificación fiscal pasaría por repartir dividendos que sean exigibles antes de final de año, bien a cargo de reservas disponibles o bien a cuenta de los beneficios del propio ejercicio. Esto permitiría tributar según la normativa vigente en 2019 y esquivar la eventual subida de impuestos que se prevé para 2020.[:]

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