Circular 3/17. Leyes de Presupuestos y medidas fiscales -para 2017- de la Generalitat de Catalunya

[:ca]

CapturaEl día 30 de marzo de 2017 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC nº 7340) la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017, así como la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras.

En concreto, la primera parte de la Ley 5/2017 contiene las medidas fiscales, de entre las que destacamos las siguientes novedades tributarias:

a) En relación a los TRIBUTOS PROPIOS:

  • Se crean tres nuevos impuestos:
    • Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas,
    • Impuesto sobre sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación, transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos, e
    • Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.
  • Establecen modificaciones en la regulación de otros impuestos ya existentes:
    • Impuesto sobre las viviendas vacías,
    • Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, e
    • Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

b) En relación a los TRIBUTOS CEDIDOS: Se introducen, con efectos a partir del 31 de marzo de 2017, cambios en el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el ámbito de las obligaciones formales de suministro periódico de información a la Agencia Tributaria de Cataluña y en el ámbito de la tributación sobre el juego.

Dada la relevancia de algunas de las medidas introducidas por la citada Ley 5/2017, en la circular adjunta se analizan con detalle las medidas fiscales más relevantes que se incluyen en la parte primera de esta Ley.

[:en]

CapturaEl día 30 de marzo de 2017 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC nº 7340) la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017, así como la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras.

En concreto, la primera parte de la Ley 5/2017 contiene las medidas fiscales, de entre las que destacamos las siguientes novedades tributarias:

a) En relación a los TRIBUTOS PROPIOS:

  • Se crean tres nuevos impuestos:
    • Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas,
    • Impuesto sobre sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación, transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos, e
    • Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.
  • Establecen modificaciones en la regulación de otros impuestos ya existentes:
    • Impuesto sobre las viviendas vacías,
    • Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, e
    • Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

b) En relación a los TRIBUTOS CEDIDOS: Se introducen, con efectos a partir del 31 de marzo de 2017, cambios en el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el ámbito de las obligaciones formales de suministro periódico de información a la Agencia Tributaria de Cataluña y en el ámbito de la tributación sobre el juego.

Dada la relevancia de algunas de las medidas introducidas por la citada Ley 5/2017, en la circular adjunta se analizan con detalle las medidas fiscales más relevantes que se incluyen en la parte primera de esta Ley.

[:es]

CapturaEl día 30 de marzo de 2017 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC nº 7340) la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017, así como la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras.

En concreto, la primera parte de la Ley 5/2017 contiene las medidas fiscales, de entre las que destacamos las siguientes novedades tributarias:

a) En relación a los TRIBUTOS PROPIOS:

  • Se crean tres nuevos impuestos:
    • Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas,
    • Impuesto sobre sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación, transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos, e
    • Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.
  • Establecen modificaciones en la regulación de otros impuestos ya existentes:
    • Impuesto sobre las viviendas vacías,
    • Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, e
    • Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

b) En relación a los TRIBUTOS CEDIDOS: Se introducen, con efectos a partir del 31 de marzo de 2017, cambios en el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el ámbito de las obligaciones formales de suministro periódico de información a la Agencia Tributaria de Cataluña y en el ámbito de la tributación sobre el juego.

Dada la relevancia de algunas de las medidas introducidas por la citada Ley 5/2017, en la circular adjunta se analizan con detalle las medidas fiscales más relevantes que se incluyen en la parte primera de esta Ley.

[:]

Newsletter

Subscriu-te per rebre les nostres últimes actualitzacions a la teva safata d’entrada!

ELS MÉS DESTACATS